Tras más de cinco años de trabajo de la
URE batallando ante la Administración con la presentación de numerosos
anteproyectos para el desarrollo y aplicación de la normativa, llegamos
al final del procedimiento.
Acaba de publicarse en la web de Radioaficionados la Resolución de la Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información por la que se aprueba la relación
definitiva de solicitantes admitidos y excluidos y se asignan los
correspondientes distintivos de llamada de radioaficionado con sufijo de
una letra de acuerdo con el procedimiento administrativo
establecido mediante resolución de la Secretaría de Estado para el
Avance Digital, de 12 de julio de 2019.
En todo caso, dicha resolución no
entrará en vigor hasta su publicación en el Boletín Oficial del Estado
BOE (previsiblemente mañana martes, 14 de enero).
Posteriormente la Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información a través de las diferentes Jefaturas Provinciales de Inspección de Telecomunicaciones asignará de forma personal, de oficio, según la carga de trabajo de cada una de las JPIT, los
nuevos distintivos de llamada con sufijo de una letra objeto de la
presente resolución y hasta ese momento la asignación de los distintivos
no es oficial, ni efectivo.
Contra dicha resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer,
de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en
el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el
BOE o bien ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso
Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses
contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOE
(previsiblemente mañana martes 13 de enero), de acuerdo con el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin que puedan ser simultáneos
ambos recursos.
Para descargarte la Resolución y su anexo correspondiente, de la Secretaría de Estado para el Avance Digital, hacer clic aquí.
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