17 marzo 2017

SE "LIBERA" LA CB EN PORTUGAL

Los cebeístas portugueses ya no tendrán que registrarse en la administración de telecomunicaciones de su país para hacer uso legal de la Banda Ciudadana en 27 MHz, tal como venía siendo obligatorio hasta ahora, y se implementa la decisión CEPT ECC/DEC/(11)03 mediante una modificación sustancial en el cuadro nacional de atribución de frecuencias para acoger el uso de la norma que permite modular sin licencia con 4 vatios en AM/FM y con 12 vatios p.p.e. en SSB. En el decreto publicado con fecha de 5 de enero de 2017 que acaba de entrar en vigor se dice que “la eliminación del registro obligatorio de los usuarios no afecta al funcionamiento de las estaciones del Servicio de Radio Personal – Banda Ciudadana y promueve la simplificación y desburocratización de los trámites“.
Se establece, por norma, el uso dedicado de dos canales:
  • Canal 9, para el establecimiento de comunicaciones de emergencia y seguridad.
  • Canal 11, solamente para llamada.
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